

La plusvalía municipal en Marbella: cómo funciona tras la reforma
La plusvalía municipal en Marbella explicada: cómo se calcula desde la reforma de 2021, cuándo no hay que pagarla y quién la paga en una venta.
La plusvalía es un impuesto municipal sobre el incremento de valor del suelo de un inmueble, que se paga cada vez que cambia de manos: en una venta, una donación o una herencia. Tras una sentencia del Tribunal Constitucional en 2021, el sistema se reescribió: ahora solo se paga si de verdad hay ganancia, y se puede elegir el más barato de dos métodos de cálculo.
Qué cambió en 2021
En octubre de 2021 el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el antiguo método de cálculo, porque obligaba a pagar incluso cuando se vendía con pérdidas. El Gobierno reformó el impuesto mediante el Real Decreto-ley 26/2021 en noviembre de 2021. La plusvalía no desapareció: se corrigió.
Sin ganancia, no hay impuesto
Si vende por menos de lo que pagó (comparando los precios de las escrituras de compra y venta, o los valores fiscales si son mayores), no hay plusvalía que pagar. Debe declarar la transmisión y acreditar la pérdida con ambas escrituras.
Dos métodos de cálculo: se elige el menor
- Método objetivo: el valor catastral del suelo en el momento de la venta, multiplicado por un coeficiente según los años de propiedad. Los coeficientes los fija el Gobierno central y se revisan periódicamente.
- Método de la ganancia real: la ganancia efectiva entre compra y venta, aplicada solo a la parte del suelo (en la misma proporción que el suelo representa en el valor catastral).
- El ayuntamiento aplica su tipo impositivo al resultado, con un máximo legal del 30 %.
- También tributan los inmuebles vendidos antes de un año desde la compra, lo que antes no siempre ocurría.
Para quien compró hace poco o vende con una ganancia moderada, el método real suele salir más barato. En inmuebles con muchos años de propiedad, el método objetivo suele ser menor. Su abogado o gestor puede calcular ambos.
Quién paga y cuándo
- En una venta: paga el vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente, el comprador pasa a ser el responsable legal del impuesto, por lo que el importe se retiene normalmente del precio en la notaría.
- En una herencia o donación: paga el heredero o quien recibe la donación.
- Plazo: 30 días hábiles tras una venta o donación, y seis meses tras un fallecimiento (prorrogables hasta un año a solicitud).
Qué significa si vende en Marbella
Pida una estimación de la plusvalía antes de fijar el precio, junto con el 19 % de ganancia patrimonial para no residentes o el IRPF para residentes. Forma parte de los gastos del vendedor, junto con los honorarios de agencia y la cancelación de hipoteca, si la hay. Marbella Hills Homes puede ponerle en contacto con un abogado de confianza en la zona que calcule lo que recibirá tras impuestos y gastos.
Este artículo es información general, actualizada en octubre de 2026. Las normas fiscales cambian y cada caso es distinto: confirme siempre su situación con un asesor fiscal o abogado en España antes de tomar decisiones.




